Micelio

Artículo 1

Ley 106 de 1936 · Por la cual se ordena la construcción del hotel nacional de Barrancabermeja

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para que, si en su concepto y en vista del desarrollo que se proponga dar en presente año a las obras portuarias de que trata el artículo 364 del Presupuesto Nacional para la vigencia fiscal en curso, no fuere indispensable invertir la totalidad de la suma apropiada para tales obras en el mencionado artículo, aplique la cantidad que juzgue necesaria a la pronta iniciación de los trabajos de construcción de un hotel nacional en Barrancabermeja, tomándola, para dicho efecto, de la partida señalada en la referida apropiación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 106 de 1936