Articulo 2º . El Comité de Garantías Electorales tendrá, las siguientes funciones
Analizar los reclamos que por intervención en política de los funcionarios públicos, formulen los ciudadanos y los grupos o partidos políticos;
Analizar los reclamos de los ciudadanos y los grupos o partidos, por violación de los derechos políticos o perturbación en su ejercicio;
Hacer al Gobierno, en sus distintos niveles, las reco m endaciones que considere pertinentes de acuerdo con los resultados de las investigaciones.