Los pliegos que han de remitirse a otro Municipio serán puestos en el correo por el Presidente y el Secretario del Jurado, seis horas después, cuando más tarde, de concluido el escrutinio, para lo cual el Administrador de Correos permanecerá en la oficina hasta recibirlos. Si no hubiere oficina de correos, se entregarán los pliegos al Alcalde para que éste, tomando las precauciones del caso para evitar su extravío, los mande con expreso a costa del Tesoro del Departamento, a la oficina de correos más próxima que haya en la respectiva vía.
De los escrutinios que hacen los Jurados Electorales