Micelio

Artículo 12

Decreto 1666 de 1966 · por el cual se crea la Dirección Nacional del Empleo y Recursos Humanos, y se fijan sus funciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo doce. Son funciones de la Sección de Estudios e Información del Mercado del Empleo

a)

Determinar la oferta de mano de obra;

b)

Determinar la demanda de mano de obra;

c)

Analizar la oferta y demanda de mano de obra y su relación con las diversas estadísticas laborales;

d)

Establecer previsiones cualitativas y cuantitativas de los recursos nacionales del potencial humano;

e)

Estudiar y analizar la situación actual del empleo y sus tendencias generales;

f)

Confrontar las previsiones de recursos y necesidades laborales por; sexos, edades, situaciones de empleo, niveles ocupacionales, sectores económicos y localizaciones geográficas;

g)

Elaborar de acuerdo con las necesidades y problemas del país en materia de empleo, programas a corto y largo plazo, tendientes a satisfacerlas;

h)

Evaluar periódicamente los planes adelantados y reajustarlos de acuerdo con la ponderación que sobre el particular se haga; i.) Estudiar el volumen del empleo a tiempo parcial, subempleo y pluriempleo en el país, evaluando su magnitud y publicando las correspondientes estadísticas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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