º Las tarifas de cada bloque de consumo se determinarán según la estructura económica de costos de la entidad. Las tarifas del bloque de consumo suntuario serán mayores que las del complementario y éstas, a su vez, serán superiores a las definidas para el consumo básico.
Para efectos de liquidar el cargo por consumo se procederá de la siguiente manera: El consumo total del usuario se discriminará por bloques de consumo según lo contemplado en el artículo anterior. Cada uno de los metros cúbicos de agua correspondientes al bloque de consumo básico se liquidará a la tarifa fijada para este bloque; cada uno de los metros cúbicos de agua correspondientes al bloque de consumo complementario se liquidará a la tarifa establecida para el mismo y, finalmente, cada uno de los metros cúbicos correspondientes al bloque de consumo suntuario se liquidará a la tarifa establecida para este bloque.