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Artículo 22

El Valor De Los Servicios Personales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Determinará Teniendo En Cuenta La Escala De Salarios Fijada Por El Decreto Número 2285 De 1968, Y Su Pago Se Hará Con Cargo Al Presupuesto Ordinarios De Gastos O Al Fondo Rotatorio Del Departamento Administrativo Nacional De Estadística

Decreto 3167 de 1968 · por el cual se reorganiza el Departamento Administrativo Nacional de Estadística.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El valor de los servicios personales a que se refiere el artículo anterior, se determinará teniendo en cuenta la escala de salarios fijada por el Decreto número 2285 de 1968, y su pago se hará con cargo al presupuesto ordinarios de gastos o al Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo Nacional de Estadística.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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