Como entidad asesora del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en materia de subsidio familiar, créase el Consejo Superior del Subsidio Familiar, que estará integrado de la siguiente manera:
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado quien lo presidirá.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
El Gerente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero o su delegado.
El Superintendente del Subsidio Familiar.
Cuatro (4) representantes de los trabajadores o sus respectivos suplentes.
Dos (2) representantes de los empleadores o sus respectivos suplentes.
Dos (2) representantes de las Cajas de Compensación Familiar y sus respectivos suplentes.