El artículo 253 del Decreto-ley 1344 de 1970, quedará así:
Artículo 253. La persona que conduzca vehículo automotor bajo excitación producida por el alcohol, será llevada por el Agente que conozca el hecho a la oficina de Tránsito o de Policía más cercana, únicamente a fin de someterla a examen para establecer el estado en que se encuentra.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.