º. Corresponde a la Unidad Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones
Asesorar al Ministro, Viceministro y Secretario General en asuntos de carácter jurídico;
Conceptuar sobre los asuntos jurídicos relacionados con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuya competencia no haya sido asignada a otros despachos;
Contribuir al estudio de temas que, según su naturaleza, hayan sido previamente proyectados y debatidos en otras dependencias y respecto de los cuales haya de fijarse la posición jurídica del Ministerio;
Coadyuvar al trámite de los proyectos de ley relacionados con el ramo y efectuar su seguimiento;
Concurrir a las Juntas o reuniones que el Ministro señale y a aquellas en que sea necesario o conveniente;
Revisar los proyectos de ley y de decreto que deba suscribir el Ministro;
Hacerse parte en los procesos jurisdiccionales o administrativos, previa delegación o disposición del Ministro, que se promuevan con ocasión de la actividad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en los cuales la personería no haya sido asignada a otra dependencia;
Coordinar la actividad de las diferentes dependencias jurídicas del Ministerio con el propósito de unificar y fijar criterios jurídicos;
Diseñar, en coordinación con la Unidad de Informática del Ministerio, un Banco de Datos sobre todos los aspectos jurídicos de las diferentes Direcciones que conforman el Ministerio y mantenerlo actualizado en coordinación con las dependencias jurídicas de estas Direcciones;
Establecer criterios de interpretación legal de última instancia dentro del Ministerio;
Analizar permanentemente la agenda Legislativa del Congreso y sobre esta base, asesorar al Ministro de Hacienda y Crédito Público en la definición de la estrategia de presentación y sustentación de las iniciativas que deban ser presentadas a consideración del Organo Legislativo;
Con base en la actividad anterior, informar oportunamente al Ministro de Hacienda y Crédito Público sobre aquellas iniciativas o proyectos que puedan afectar al Ministerio; ll. Realizar un seguimiento de las sesiones del Congreso, informando al Ministro de Hacienda y Crédito Público sobre las posiciones o tendencias observadas respecto de aquellas iniciativas o proyectos que sean de interés particular para el Ministerio;
Coordinar con el Viceministro y demás autoridades técnicas del Ministerio, la elaboración de los documentos que vayan a ser presentados a la consideración del Congreso, incluyendo la exposición de motivos;
Diseñar, coordinar el desarrollo y operar un sistema de información que facilite la acción del Ministerio ante las Cámaras Legislativas, incluyendo el manejo de antecedentes legales y otra información de interés; ñ. Las demás que le sean asignadas por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y por las disposiciones legales vigentes. 1.0.2. De la Unidad de Informática