º Los Alcaldes concederán los permisos que se les soliciten para realizar desfiles, manifestaciones y demás actos de carácter político en los lugares públicos de sus respectivos municipios, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 102 del Código Nacional de Policía. Los permisos solicitados para los días 7, 8 y 9 de marzo de 1992, se trasladarán para cualquier día anterior o posterior a estas fechas.
Decreto 246 de 1992 →Vigente
Artículo 2
Los Alcaldes Concederán Los Permisos Que Se Les Soliciten Para Realizar Desfiles, Manifestaciones Y Demás Actos De Carácter Político En Los Lugares Públicos De Sus Respectivos Municipios, De Conformidad Con Lo Preceptuado Por El Artículo 102 Del Código Nacional De Policía
Decreto 246 de 1992 · por el cual se dictan normas y se adoptan medidas para la conservación del orden público durante el período de elecciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
adicionado (verif_articulado: adiciónase el artículo 2º del decreto 246 de 1993) por decreto 701/95 modificado por decreto 315/92 modificado por decreto 315/92
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.