º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente todas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de junio de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio. El Director de Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.
Decreto 907 de 1995 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 907 de 1995 · por el cual se aprueba la Resolución número 02 del 13 de diciembre de 1994, de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de La Previsora S. A. Compañía de Seguros.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.