Orientación ocupacional y formación. El Servicio Nacional de Aprendizaje establecerá, en un tiempo no mayor a tres (3) meses, contados a partir del 20 de diciembre de 2011, las rutas de atención y orientación con enfoque diferencial para la identificación de los intereses, capacidades, habilidades y aptitudes de la población víctima que faciliten su proceso de formación y capacitación, articulado a los programas de empleo urbano y rural.
El Servicio Nacional de Aprendizaje, garantiza el acceso y promueve la permanencia de la población víctima en programas de formación titulada, complementaria o de apoyo para el emprendimiento o fortalecimiento de un proyecto productivo, mediante la implementación de una estrategia de incentivos.
(Decreto 4800 de 2011, artículo 96)