Micelio

Artículo 16

Ley 2173 de 2021 · Por medio de la cual se promueve la restauración ecológica a través de la siembra de árboles y creación de bosques en el territorio nacional, estimulando conciencia ambiental al ciudadano, responsabilidad civil ambiental a las empresas y compromiso ambiental a los entes territoriales; se crean las áreas de vida y se establecen otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Institúyase la Gran Condecoración del Árbol como galardón para quienes a través de sus acciones ejemplares preserven, mantengan y hagan monitoreo de los árboles sembrados en las Áreas de Vida. Dicho galardón se entregará en los niveles Municipal, Departamental y Nacional y tendrán cinco categorías:

a)

Gran Condecoración del Árbol modalidad alcalde y gobernador: Dirigida al alcalde y al gobernador que se destaque por imple­mentar el plan más innovador, eficiente, integrador y educativo para el desarrollo de los programas de restauración por medio de la siembra de árboles mantenidos en el marco del Certificado de Siembra Vida. La Confederación Colombiana de Consumi­dores regulará a través del boletín del consumidor un espacio para resaltar las estrategias implementadas por el alcalde con­decorado, en el cumplimiento del programa de siembra Área de Vida.

b)

Gran Condecoración del Árbol modalidad ciudadana: Dirigida a aquel ciudadano que, por región en forma de persona natural, se destaque por sus esfuerzos en la implementación y desarrollo de los programas de restauración.

c)

Gran Condecoración del Árbol modalidad centro educativo: Dirigida a los centros educativos que se destaquen por sus es­fuerzos en la implementación, desarrollo e investigación de los programas de restauración.

d)

Gran Condecoración del Árbol modalidad empresa privada: Di­rigida a las empresas del sector privado que se destaquen por sus esfuerzos en la implementación y desarrollo de los progra­mas de restauración.

e)

Gran Condecoración del Árbol modalidad entidad pública: Diri­gida a las entidades públicas que se destaquen por sus esfuerzos en la implementación y desarrollo de los programas de restaura­ción.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible designará un jurado para escoger anualmente los galardonados con la Gran Condecoración del Árbol, el cual estará integrado así:

Ministerio de Educación o a quien delegue.

Ministerio de Medio Ambiente o a quien delegue.

Presidente o director de la Federación Nacional de Municipios o a quien delegue.

Presidente Nacional de Confecámaras o a quien delegue.

Un Director General de una Corporación Autónoma Regional o de Desarrollo Sostenible escogido por los integrantes de Aso­cars que cambiará cada año.

OTRAS DISPOSICIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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