Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1892 de 1994 · por el cual se establece el Sistema de Selección, Nombramiento y el Régimen Especial de Salarios y Estímulos de los cargos de Directores de Hospitales Públicos o Gerentes de Empresas Sociales de Salud del Nivel Territorial y se adiciona el Decreto 1335 de 1990

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De la invitación a participar. Para la provisión de los empleos de Director de Hospital Público o Gerente de empresa Social de Salud, la Junta Directiva de la respectiva entidad invitará a travéz de los medios de comunicación escrita de amplia circulación nacional, a los interesados en ocupar estos cargos. Esta invitación pública debe contener la información completa sobre los requisitos, funciones del cargo, asignación básica y perfil de los aspirantes.

Parágrafo 1

La invitación de que trata el presente artículo deberá realizarse por primera vez durante el mes de enero de 1995, en todas las entidades a las cuales se aplica el presente Decreto.

Parágrafo 2

Los actuales Directores de entidades hospitalarias participarán en igualdad de condiciones a los demás aspirantes en el proceso de selección de que trata este capítulo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1892 de 1994