Micelio

Artículo 3

La Junta Directiva Del Fondo Rotatorio Ganadero De Las Fuerzas Armadas Estará Integrada Por Cinco Miembros: El Ministro De Guerra, Quien La Presidirá, Y Cuatro Más De Libre Nombramiento Y Remoción Del Gobierno Nacional

Decreto 28 de 1957 · Por el cual se crea el Fondo Rotatorio y Ganadero de las Fuerzas Armadas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La junta directiva del Fondo Rotatorio Ganadero de las Fuerzas Armadas estará integrada por cinco miembros: el ministro de guerra, quien la presidirá, y cuatro más de libre nombramiento y remoción del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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