Del personal. Todos los laboratorios clínicos públicos o privados deberán garantizar la idoneidad de su personal, el cual deberá cumplir los siguientes requisitos
Título profesional debidamente registrado ante la institución educativa que le otorgue el título, conforme lo establece el Decreto 2150 de diciembre 5 de 1995.
Título o certificado de formación avanzada de los profesionales que lo acrediten.
Certificado de inscripción de los profesionales ante la entidad de salud correspondiente.
Certificado de estudios o constancia de experiencia de los auxiliares de laboratorio clínico.