Importadores de bienes de capital, maquinaria y equipos. Previamente a la realización de las importaciones, los importadores de bienes de capital, maquinaria y equipos, inscritos en el Registro Único Tributario, deberán suministrar a la dependencia competente de la Dirección Seccional de la Jurisdicción, copia de los documentos que acrediten la existencia de los proyectos de obras públicas de infraestructura o de obras para el desarrollo económico y social, así como los proyectos de producción de bienes, cuando se trate de nuevas industrias o del ensanche de las existentes en la zona.
Decreto 390 de 2016 →Vigente
Artículo 470
Importadores De Bienes De Capital, Maquinaria Y Equipos
Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.