Adiciónese el siguiente artículo a la Ley 682 de 2001, el cual quedará así:
“Artículo nuevo. El Rector de la Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba deberá rendir un informe en marzo de cada año, a la Honorable Asamblea Departamental del Chocó, sobre los montos, ejecución y destinación de los recursos obtenidos por esta estampilla.”