Micelio

Artículo 2

Decreto 1217 de 1945 · Por el cual se crea la Inspección de Petróleos en la Concesión de Yondó, se señala su personal y se fijan sus asignaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Esta Inspección, que dependerá de la Sección cuarta -Fiscalización y Explotación de Petróleos- del citado Despacho, funcionará con un personal igual al que actualmente tiene la Inspección de Petróleos del Catatumbo, o sea el siguiente: 1 Ingeniero Inspector $ 380.00 mensuales 1 Secretario 240.00 3 Medidores, cada uno 190.00 1 Sirviente 60.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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