° La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones
Formular la política general del Instituto y proponer los planes y programas conforme a las normas que dicte el Ministerio de Salud y de acuerdo con los planes generales de desarrollo económico y social.
Expedir y modificar los estatutos de la entidad y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional.
Determinar la organización interna del Instituto y la planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, y someterlas a aprobación del Gobierno.
Aprobar el programa anual de trabajo del Instituto.
Controlar el funcionamiento del Instituto y evaluar el resultado de sus actividades, verificando su conformidad con las políticas y los planes adoptados.
Aprobar el presupuesto anual del Instituto.
Disponer la contratación de empréstitos con destino al Instituto y autorizar los contratos correspondientes, conforme a las disposiciones legales.
Darse su propio reglamento.
Reglamentar el funcionamiento del Consejo Científico Técnico.
Reglamentar el Fondo Especial para Investigaciones.
Las demás que le señalen la ley, los estatutos y reglamentos.