Micelio

Artículo 8

De La Lei, Sin Que Resulte Persona Inmediatamente Responsable Del Hecho A Quien Deba Hacerse Cargo Del Costo Que Ocasione El Correo Que Salga En Alcance Del Ordinario, Dicho Gasto Se Hará Por Cuenta Del Tesoro Nacional, Dando Aviso Del Director Jeneral De Correos, Para Lo Que Haya Lugar, Mas Por Ningun Motivo Quedará Detenida La Correspondencia Atrasada En La Administracion Que La Recibe, Por Mas De Setenta I Dos Horas; Siendo Responsable El Empleado Que Cause O Permita El Retardo, Con Arreglo A Los Artículos 23 I 26 De La Lei

Decreto 18661115 de 1866 · en ejecución de la lei de 13 de junio último, orgánica del servicio de Correos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 8.° Si ocurriere el caso de atraso en la llegada de los Correos ordinarios, especificado en el artículo 27 de la lei, sin que resulte persona inmediatamente responsable del hecho a quien deba hacerse cargo del costo que ocasione el Correo que salga en alcance del ordinario, dicho gasto se hará por cuenta del Tesoro nacional, dando aviso del Director jeneral de Correos, para lo que haya lugar, mas por ningun motivo quedará detenida la correspondencia atrasada en la Administracion que la recibe, por mas de setenta i dos horas; siendo responsable el empleado que cause o permita el retardo, con arreglo a los artículos 23 i 26 de la lei.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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