ANTIOQUIA Mensual Anual Segovia : Sueldo de un Enfermero $ 150.00 1.800.00 BOYACA Sogamoso : Sueldo de un Enfermero 150.00 1.800:00 Sueldo de una Enfermera 150 1.800.00 Sostenimiento 30.00 360.00 CALDAS Riosucio : Sueldo de un Enfermero 150.00 1.800.00 Sostenimiento 35.00 120.00 CUNDINAMARCA Tocaima : Sueldo de una Enfermera 150.00 1.800.00 Sostenimiento 40.00 480.00 Zipaquirá: Sueldo de Un Enfermero 150.00 1.800.00 Sostenimiento 35.00 420.00 San Bernardo : Sueldo de un Enfermero 150.00 1.800.00 Sostenimiento 40.00 480.00 NORTE DE SANTANDER Ocaña: Sueldo de un Enfermero 150.00 1.800.00 Sostenimiento 35.00 420.00 SANTANDER Vélez: Sueldo de un Enfermero 150.00 1.800.00 Sostenimiento 35.00 420.00 TOLIMA Ambalema: Sueldo de un Enfermero 150.00 1.800.00 Sostenimiento 35.00 420.00 GUAJIRA Mensual Anual Uribía: Sueldo de un Enfermero 160.00 1.920.00 Manaure: Sueldo de un Enfermero 100.00 1.920.00 $ 2.105.00 25.260.00 Artículo tercero. Destínanse las siguientes sumas para la Campaña Antivenérea en el presente año: Para el Instituto de Higiene Social de Cúcuta, en cooperación con el Departamento de Norte de Santander, $ 20.000.
Decreto 1281 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1281 de 1949 · Por el cual se destinan unas partidas para la Campaña Antivenérea Nacional, Institutos de Higiene Social, Puestos Profilácticos y para la Campaña Antipiánica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.