Micelio

Artículo 2

Vigencia

Decreto 1911 de 2018 · por el cual se adiciona el Decreto 2147 de 2016

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia. La vigencia del presente Decreto iniciará una vez transcurridos quince (15) días comunes contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1911 de 2018