Micelio

Artículo 14

Son Funciones Especiales De La División De Extensión Agropecuaria: A) Preparar Folletos Ilustrados Y Material De Publicación Educativa Para Guía De Los Agricultores; B) Preparar Programas De Radio, Cine Y Televisión, Páginas Agropecuarias Y Ayudas Audio-Visuales, Para Divulgación De Las Prácticas Agropecuarias; C) Preparar Los Programas De Extensión Agropecuaria Que Deban Desarrollar Las Agencias De Extensión Del Ministerio, Las Secretarías Departamentales De Agricultura Y Ganadería, Y Las Demás Entidades Que Realicen Campañas De Extensión; D) Asesorar Al Personal De Extensión En El Estudio De Comunidades Rurales, En Coordinación Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación; E) Asesorar Al Personal De Extensión En La Organización De Cooperativas Agrícolas, En Coordinación Con El Ministerio Del Trabajo Y De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes; F) Dictar Normas Para La Organización De Clubes Juveniles Y De Amas De Casa, Y Vigilar Su Funcionamiento

Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones especiales de la División de Extensión Agropecuaria

a)

Preparar folletos ilustrados y material de publicación educativa para guía de los agricultores;

b)

Preparar programas de radio, cine y televisión, páginas agropecuarias y ayudas audio-visuales, para divulgación de las prácticas agropecuarias;

c)

Preparar los programas de extensión agropecuaria que deban desarrollar las Agencias de Extensión del Ministerio, las Secretarías Departamentales de Agricultura y Ganadería, y las demás entidades que realicen campañas de extensión;

d)

Asesorar al personal de extensión en el estudio de comunidades rurales, en coordinación con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación;

e)

Asesorar al personal de extensión en la organización de cooperativas agrícolas, en coordinación con el Ministerio del Trabajo y de conformidad con las disposiciones vigentes;

f)

Dictar normas para la organización de clubes juveniles y de amas de casa, y vigilar su funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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