Micelio

Artículo 9

Competencia Para Mediar Acuerdos

Decreto 2715 de 2010 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1382 de 2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Competencia para mediar Acuerdos. En el caso que se presente superposición de una solicitud de legalización de minería con una propuesta o contrato de concesión, la Autoridad Minera competente, con facultad para sugerir fórmulas, mediará entre las partes para lograr los acuerdos de que trata el artículo 12 de la Ley 1382 de 2010, de lo cual se dejará constancia por escrito en el expediente. Si la superposición se presenta entre propuestas o contratos de concesión minera que sean de competencia de una Gobernación Delegada y el Ingeominas, la mediación estará a cargo de este Instituto. La Autoridad Minera competente, para estos casos, le dará prioridad a la visita de viabilización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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