Micelio

Artículo 11

En El Curso Militar Se Enseñarán Las Materias De Orden Profesional Y Será Integrado Por Los Alumnos Que, Habiendo Hecho El Tercer Año Del Curso General, Hayan Sido Aprobados En Los Exámenes Finales De Éste

Decreto 1886 de 1941 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar de Cadetes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Curso Militar se enseñarán las materias de orden profesional y será integrado por los alumnos que, habiendo hecho el tercer año del Curso General, hayan sido aprobados en los exámenes finales de éste.

Parágrafo

Excepcionalmente, cuando el número de alumnos no alcance a completar el fijado por el Ministerio, y teniendo en cuenta las necesidades del Ejército, podrán ingresar a éste bachilleres que no hayan hecho estudios en la Escuela, siempre y cuando que hayan prestado su servicio militar en las filas del Ejército y comprueben que tienen la instrucción militar correspondiente al Curso General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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