Micelio

Artículo 2

Ley 6 de 1877 · Por la cual se establecen cuarteles para inválidos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los inválidos acuartelados, proverán a su subsistencia con el sueldo o pensión de que disfruten, el cual continuará pagándose con la preferencia establecida por la lei.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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