Artículo cuarto. A partir del 1o. de enero de 1996, la remuneración mensual del Vicepresidente de la República será de cinco millones doscientos treinta mil ciento quince pesos ($5.230.115.00) discriminados así: Asignación básica $1.329.996 Gastos de Representación $3.900.119
Decreto 52 de 1996 →Vigente
Artículo 4
Decreto 52 de 1996 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y de la Red de solidaridad social y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.