Micelio

Artículo 4

Decreto 52 de 1996 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y de la Red de solidaridad social y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. A partir del 1o. de enero de 1996, la remuneración mensual del Vicepresidente de la República será de cinco millones doscientos treinta mil ciento quince pesos ($5.230.115.00) discriminados así: Asignación básica $1.329.996 Gastos de Representación $3.900.119

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 52 de 1996