Comité de Personal. El Comité de personal estará conformado por
El Director General o su delegado;
El Jefe de la Unidad Administrativa
El Jefe de la Unidad de Control Interno;
El Jefe de la División Jurídica;
Un representante de los empleados del Fondo.
Las funciones del Comité serán las que le asigne el Director General mediante resolución, observando las normas generales sobre la materia.