Corresponde a la División de Contratación y Seguimiento de Crédito Público Externo de la Subdirección de Contratación y Seguimiento de la Dirección General de Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones
Dirigir y coordinar los trámites, gestiones y negociación de las operaciones de crédito público externo de la Nación;
Coordinar, participar y/o asesorar en la gestión y negociación de las operaciones relacionadas con los recursos del crédito público externo de las entidades públicas del orden nacional, territorial y sus descentralizadas según las normas vigentes;
Orientar a las entidades públicas en lo referente a los requisitos y el trámite que deben cumplir para las operaciones de crédito público externo y atender las consultas respectivas;
Elaborar los informes sobre la utilización de los cupos de endeudamiento externo con destino al Congreso de la República y a la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, para ser tramitados por intermedio del Subdirector General;
Estudiar los textos de las minutas de contratos, pagarés y títulos a que den lugar las operaciones de crédito público externo y rendir conceptos sobre los términos económicos y financieros de los mismos;
Realizar el seguimiento de las operaciones de crédito público externo con el fin de lograr una mayor eficiencia en la contratación y ejecución de operaciones de crédito;
Registrar y verificar que todas las operaciones de crédito público externo tramitadas y en trámite se encuentren incluidas en el sistema de información de la Dirección y producir los informes correspondientes;
Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Contratación y Seguimiento según la naturaleza de sus funciones; 6.2.2 De la División de Contratación y Seguimiento de Crédito Público Interno.