ARTICULO 3o. A partir del 1o. de enero de 1993, fíjase la siguiente escala de asignaciones básicas para los empleos de que trata el artículo 3o. del Decreto 136 de 1991, del Instituto Nacional de Radio y Televisión -INRAVISION-, que se relacionan a continuación: GRADOS ASIGNACION BASICA MENSUAL 01 618.150 02 675.290 03 776.650 04 801.139 05 847.975 06 933.804 07 1.012.340
Decreto 45 de 1993 →Vigente
Artículo 3
O
Decreto 45 de 1993 · por el cual se fijan las escalas de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión -INRAVISION- y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.