Micelio

Artículo 4

Ley 9 de 1987 · por la cual la Nación Colombiana celebra los cien años de la Facultad Nacional de Minas, antigua Escuela de Minas, de la ciudad de Medellín y se dictan recursos para obras conmemorativas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para destinar las siguientes sumas: la cantidad de trescientos millones de pesos ($300.000.000) durante la vigencia fiscal de 1987 y la suma de doscientos millones ($200.000.000) durante la vigencia fiscal de 1988. Estas sumas podrán girarse a la Corporación Pro Desarrollo de la Facultad Nacional de Minas "Prodeminas".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1987