Micelio

Artículo 1

Decreto 2345 de 1959 · Or el cual se organiza el instituto de asuntos nucleares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Créase, con carácter de establecimiento público autónomo, dotado de personería jurídica, el Instituto de Asuntos Nucleares, que tendrá a su cargo

a)

La elaboración y desarrollo de los programas encaminados al estudio de la energía atómica o nuclear;

b)

El fomento y la aplicación de dicha energía y su aprovechamiento para fines pacíficos, y

c)

El cumplimiento de los Acuerdos internacionales sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2345 de 1959