Micelio

Artículo 323

Ley 153 de 1887 · Que adiciona y reforma los Códigos nacionales, la ley 61 de 1886 y la 57 de 1887

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ART 323. Por la Secretaría del Senado pasarán á la Corte Suprema los proyectos objetados por el Gobierno por razón de inconstitucionalidad, y de nuevo aprobados en ambas Cámaras por dos tercios de votos.

Si pasa el término que la Corte Suprema tiene para resolver, sin que ella dirima la cuestión, queda establecida la constitucionalidad del proyecto, el cual será sancionado con arreglo á los artículos 88 y 89, según el caso.

En los términos de este artículo queda reformado el inciso 1o., Sección 3a., artículo 21 de la ley 61 de 1886.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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