Período. El período de los directivos elegidos por el resto de los miembros de la Junta Directiva será de dos años, contados a partir de la fecha de su posesión. Sin embargo, para la continuidad de la orientación del Instituto, el primer período de uno de estos dos miembros, será solamente de un año.
Decreto 736 de 1969 →Vigente
Artículo 14
Decreto 736 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Colombiano Agropecuario-ICA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.