Micelio

Artículo 10

Decreto 1187 de 1999 · por el cual se organiza el Fondo de Estabilización para el fomento de la exportación de carne, leche y sus derivados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las normas aplicables. Al Fondo de Estabilización para el Fomento de la Exportación de Carne, Leche y sus Derivados se le aplicarán las normas contenidas en el Capítulo VI de la Ley 101 de 1993, y las que las sustituyan. Teniendo en cuenta que las cesiones que se hagan al Fondo de Estabilización para el Fomento de la Exportación de Carne, Leche y sus Derivados son contribuciones parafiscales, se aplicarán igualmente las normas contenidas en el Capítulo V de la Ley 101 de 1993, en la Ley 089 de 1993, la Ley 395 de 1997 y en las disposiciones que la modifiquen o reglamenten, en cuanto no se opongan a lo dispuesto en el presente decreto y en el citado Capítulo VI de la Ley 101 de 1993.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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