Instrumentos de formalización. Los requisitos, condiciones y criterios planteados en el presente Título serán incorporados para su cumplimiento dentro de los reglamentos o manuales de las organizaciones con sujeción a los lineamientos generales que se establezcan en los estatutos sociales, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 454 de 1998, y los Decretos-ley 1480 y 1481 de 1989, según corresponda.
TEXTO CORRESPONDIENTE A