Micelio

Artículo 1

Decreto 1988 de 1957 · Por el cual se crea la Secretaría de Coordinación Social del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Créase en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, dependiente de la Secretaría General, la Secretaria de Coordinación Social, con el siguiente personal: 1 Secretario de Coordinación Social, con una asignación mensual de dos mil pesos ($ 2.000.00). 1 Adjunto Cuarto de Secretaría, con una asignación mensual de quinientos cincuenta pesos ($550.00). 1 Auxiliar Segundo, Conductor, con una asignación mensual de doscientos ochenta y siete pesos con cincuenta centavos ($ 287.50).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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