º Para efectos del presente Decreto se entiende por
Evaluación escolar: El proceso de seguimiento y valoración permanente del estado en que se encuentra la institución educativa en sus aspectos organizacionales y administrativos, pedagógicos y de desarrollo del alumno, frente a los fines y objetivos del sistema educativo colombiano. Este proceso tiene como propósito la identificación de los logros y dificultades, y la aplicación de correctivos que hagan posible una alta calidad educativa.
Promoción automática: El proceso por medio del cual después de un seguimiento permanente de evaluación escolar, todo niño que cursa un grado en el nivel de educación básica primaria, es promovido al grado siguiente al finalizar el año lectivo o antes, si sus capacidades y logros se lo permiten.
Calificación: Juicio de valor sobre el desarrollo y progreso del alumno expresado en una escala convencional.
Actividades de recuperación: El conjunto de acciones planeadas y desarrolladas a lo largo del año escolar, con el propósito de que el alumno logre los objetivos de grado no alcanzados en las diferentes áreas de formación. Dichas actividades de recuperación se desarrollarán permanentemente en el tiempo escolar de que trata el Decreto 1002 de 1984 y como parte del proceso regular de enseñanza-aprendizaje.