Micelio

Artículo 2

El Comité Queda Autorizado Para Organizar Todo Lo Relativo A Su Funcionamiento Y Régimen Interno, Expidiendo Al Efecto Los Reglamentos Que Sean Del Caso Y Creando Los Cargos De Presidente, Vicepresidente, Secretario, Bibliotecario Y Demás Que Estime Necesarios, Así Como Para Designar Los Miembros De Su Seno Que Hayan De Ejercerlos, Determinar El Período De Duración De Sus Funciones, Etc

Decreto 1767 de 1936 · Por el cual se crea el Comité Colombiano de la Conferencia Mundial de la Energía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Comité queda autorizado para organizar todo lo relativo a su funcionamiento y régimen interno, expidiendo al efecto los reglamentos que sean del caso y creando los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Bibliotecario y demás que estime necesarios, así como para designar los miembros de su seno que hayan de ejercerlos, determinar el período de duración de sus funciones, etc. A ello procederá en la primera o primeras reuniones que celebre, las que deberán iniciarse antes del veinte de los corrientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1767 de 1936