Micelio

Artículo 3

Ley 6 de 1961 · sobre auxilio de la Nación a la construcción de las obras de riego con el caudal de los ríos Venado y Cabrera.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los propietarios de las zonas de terreno beneficiadas por las obras de irrigación de que trata el artículo 1°, deberán reembolsar el costo neto de tales obras, entendido por costo neto el costo total menos el valor de los auxilios decretados por la Ley 84 de 1958 y por la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1961