Los propietarios de las zonas de terreno beneficiadas por las obras de irrigación de que trata el artículo 1°, deberán reembolsar el costo neto de tales obras, entendido por costo neto el costo total menos el valor de los auxilios decretados por la Ley 84 de 1958 y por la presente Ley.
Ley 6 de 1961 →Vigente
Artículo 3
Ley 6 de 1961 · sobre auxilio de la Nación a la construcción de las obras de riego con el caudal de los ríos Venado y Cabrera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.