°. Asignación básica mensual de instructor de INEM o ITA. A partir del 1º de enero de 2016 el instructor de INEM o ITA que se encuentre escalafonado, devengará la asignación básica mensual que corresponda a su grado en el escalafón nacional docente, de acuerdo con la escala establecida en el artículo 1° del presente decreto. El instructor no escalafonado y vinculado antes del 1º de enero de 1984, tendrá la siguiente asignación básica mensual para 2016: El instructor no escalafonado y vinculado antes del 1º de enero de 1986, percibirá a partir del 1° de enero de 2016 como asignación básica mensual la que devengaba a 31 de diciembre de 2015, incrementada en un siete punto setenta y siete por ciento (7.77%). Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente. El instructor no escalafonado y vinculado antes del 31 de diciembre de 1985 percibirá la asignación que corresponda al título que acredite, tal como se señala en el artículo 2º del presente decreto.
Las asignaciones básicas señaladas en el presente artículo, incorporan los valores de la bonificación reconocida en el numeral 3 del artículo 2° del Decreto 1272 de 2015.