Facúltase al Gobierno Nacional para reglamentar el funcionamiento de las plazas de ferias, en lo referente a instalaciones que deban tener, servicios que deban prestar tarifas por servicios de corrales, embarcaderos, pesajes, etc. y fechas en que deban celebrarse las diferentes ferias.
Ley 5 de 1973 →Vigente
Artículo 49
Facultades Al Gobierno Nacional Sobre Plazas De Ferias
Ley 5 de 1973 · Por la cual se estimula la capitalización del sector agropecuario y se dictan disposiciones sobre Títulos de Fomento Agropecuario, Fondo Financiero Agropecuario, Fondos Ganaderos, Prenda Agraria, Banco Comercial, deducciones y exenciones tributarias y otras materias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.