Micelio

Artículo 2

Ley 38 de 1984 · por la cual la Nación se asocia a la conmemoración del Bicentenario del Municipio de Córdoba en el Departamento de Bolívar y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizase al Gobierno Nacional para planificar, desarrollar y ejecutar las siguientes obras de beneficio público y de interés social en el Municipio de Córdoba, así:

a)

Construcción y dotación de la Casa de la Cultura de Córdoba, Amaranto Villamil Cohen.

b)

Pavimentación de la carretera de Córdoba Zambrano.

c)

Construcción de una plaza de mercado en este municipio.

d)

Dotación completa de laboratorios, biblioteca y mobiliarios para el Colegio Cooperativo de Córdoba, Bolívar. e) Construcción del acueducto.

f)

Construcción de polideportivos en los centros educativos de: Colegio Cooperativo, Escuela Urbana Mixta Número Uno (1) de Córdoba, Bolívar, Escuela Urbana Mixta Número dos (2) de Córdoba, Bolívar, Sagrado Corazón de María de Córdoba, Bolívar, Escuela Urbana Mixta de Tacamocho, Escuela Urbana Mixta de Guaimaral, Escuela Urbana Mixta de San Andrés, Escuela Mixta de Las Marías, Escuela Mixta de Tacamochito, Escuela de Santa Lucía, Escuela del Socorro, Escuela de Martín Alonso, Escuela de Zanaguanare, Escuela Mixta El Bongo.

g)

Construcción de un hospital y toda la dotación necesaria para su funcionamiento.

h)

Crear y construir puestos de salud en los Corregimientos de Tacamocho, San Andrés, Martín Alonso, acueducto.

i)

Construcción de una cárcel.

j)

Construcción del edificio de Telecom.

k)

Interconexión eléctrica a Tacamocho, San Andrés, Martín Alonso, El Socorro, Tacamochito, Santa Lucía, La Marías, Guaimaral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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