Micelio

Artículo 2

Ley 54 de 1993 · por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 50 años de fundación del Municipio de Rivera en el Departamento del Huila.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la sanción de la presente Ley y de conformidad con los artículos 334 y 341 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para reasignar dentro del Presupuesto de Inversión para 1993, destinado a los organismos adscritos a los Ministerios relacionados con las obras, la suma de quinientos millones de pesos ($500.000.000.00), para ejecutar las siguientes obras de interés social en el Municipio de Rivera, Departamento del Huila, así:

Proyecto

Aporte

Terminación, dotación y adecuación de la Casa de la Cultura José Eustacio Rivera.

$70.000.000

Construcción Polideportivo Municipal José Eustacio Rivera

100.000.000

Construcción Parque Recreacional José Eustacio Rivera

100.000.000

Ampliación Colegio Municipal Misael Pastrana Borrero

50 000. 000

Terminación Planta de Tratamiento del Acueducto Municipal

40.000.000

Construcción de redes e instalación del gas domiciliario en el sector rural del Municipio de Rivera, que incluye las Inspecciones de Riverita y La Ulloa y las veredas de Salado, el Guadual, Pedregal y Alto Pedregal

100.000.000

Terminación instalación gas domiciliario en los sectores populares de la zona urbana

40.000.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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