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Artículo 11

Cancelación De La Inscripción En El Registro Unico Tributario, Rut

Decreto 2788 de 2004 · por el cual se reglamenta el Registro Unico Tributario de que trata el artículo 555-2 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cancelación de la inscripción en el Registro Unico Tributario, RUT . La cancelación de la inscripción en el Registro Unico Tributario procede en los siguientes casos: - Tratándose de personas jurídicas o asimiladas: por liquidación, fusión o escisión, sobre el supuesto de la disolución de la sociedad fusionada o escindida. - Por el fallecimiento de personas naturales: Al liquidarse la sucesión cuando a ello hubiere lugar. - En los demás eventos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establezca. El trámite de la cancelación estará sujeto a la verificación del cumplimiento de todas las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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