Micelio

Artículo 33

Funciones De La Dirección Del Sistema General De Regalías

Decreto 2189 de 2017 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección del Sistema General de Regalías. Son funciones de la Dirección de Estructuración del Sistema General de Regalías, las siguientes

1.

Dirigir la implementación de estrategias de relacionamiento, comunicación y coordinación con las entidades nacionales y territoriales involucradas en el ciclo de inversión de proyectos en el Sistema General de Regalías.

2.

Coordinar y diseñar las estrategias de participación del Departamento Nacional de Planeación dentro del ciclo de inversión de proyectos del Sistema General de Regalías.

3.

Apoyar a la Dirección General en la generación de lineamientos para el mejora­miento de las competencias de las entidades territoriales y nacionales en materia de formulación de proyectos.

4.

Direccionar el acompañamiento a las entidades territoriales mediante asistencia técnica y capacitaciones para mejorar la calidad en formulación de proyectos de inversión y manejo de herramientas diseñadas por el DNP.

5.

Apoyar a la Subdirección General Territorial en la operación de la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías.

6.

Garantizar que los recursos del SGR sean invertidos por las entidades territoriales en proyectos formulados con los más altos estándares de calidad.

7.

Prestar asistencia técnica en el territorio a las entidades públicas, con el fin de lograr mejorar sus capacidades para la formulación de proyectos de inversión financiados con recursos del SGR.

8.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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