Micelio

Artículo 11

Vigencia Y Derogatorias

Decreto 1038 de 2022 · por el cual se modifica el capítulo 5 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía 1073 de 2015 que reglamenta el Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural, FECFGN.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia y derogatorias. Las disposiciones señaladas en este decreto, a excepción de lo establecido en el artículo 10, rigen a partir de la expedición de la actuación administrativa que modifique la Resolución UPME 417 de 2010, “por la cual se establecen los requisitos de presentación de los proyectos de infraestructura que requieran cofinanciación del Fondo Especial Cuota de Fomento”. Lo establecido en el artículo 10, empezará a regir a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.

Parágrafo

La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), deberá expedir la modificación a la Resolución UPME 417 de 2010 dentro de los 5 meses siguientes contados a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1038 de 2022