El empleado de la Registraduría Nacional del Estado Civil que por 16 años continuos o discontinuos haya servido en el laboratorio fotográfico como jefe de sección o de grupo; o como fotógrafo, o que haya desempeñado el cargo de dactiloscopista; o trabajado en el proceso de prensado o laminación de cédulas de ciudadanía o tarjetas de identidad como prensador, troquelador, estampador, armador o revisor, tiene derecho, al llegar a la edad de cincuenta años, a que por la respectiva entidad de previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al 75% del promedio de los salarios devengados durante el último año de servicio. El haber desempeñado por veinte años continuos o discontinuos alguno de los cargos señalados en este artículo, da derecho a la pensión mensual vitalicia de jubilación, cualquiera que sea la edad.
Artículo 17
El Empleado De La Registraduría Nacional Del Estado Civil Que Por 16 Años Continuos O Discontinuos Haya Servido En El Laboratorio Fotográfico Como Jefe De Sección O De Grupo; O Como Fotógrafo, O Que Haya Desempeñado El Cargo De Dactiloscopista; O Trabajado En El Proceso De Prensado O Laminación De Cédulas De Ciudadanía O Tarjetas De Identidad Como Prensador, Troquelador, Estampador, Armador O Revisor, Tiene Derecho, Al Llegar A La Edad De Cincuenta Años, A Que Por La Respectiva Entidad De Previsión Se Le Pague Una Pensión Mensual Vitalicia De Jubilación Equivalente Al 75% Del Promedio De Los Salarios Devengados Durante El Último Año De Servicio
Decreto 603 de 1977 · Por el cual se fijan la escala de remuneración y el sistema de clasificación y nomenclatura correspondiente a las distintas categorías de empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.