Micelio

Artículo 20

Decreto 1169 de 1980 · Por el cual se fija el procedimiento administrativo que debe seguirse en la expedicion de los actos de la Comisión Nacional de Valores y se determinan las consecuencias de su inobservancia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda solicitud que deba ser resuelta por la Comisión Nacional de Valores deberá formularse por escrito y presentarse personalmente ante el Secretario de la misma, o a través de documento autenticado o de apoderado debidamente reconocido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1169 de 1980